Término

ANALOGÍA

Qué es

Cuando se da un supuesto es la realidad que no ha sido regulado por ninguna ley (laguna legal) y cuya respuesta es necesaria, los Tribunales pueden acudir a la figura de la analogía, que permite la aplicación de una norma jurídica a dicho supuesto de hecho, que es distinto del contemplado por la norma, pero que guarda semejanza con él. En definitiva, para acudir a la analogía, es necesario que se cumplan tres requisitos: la ausencia de respuesta normativa a una determinada situación de la realidad; la semejanza entre esta situación y otra que sí ha sido regulada; y que dicha semejanza incluya la necesidad de que ambas reciban el mismo trato.

Cuestiones

¿La analogía se puede aplicar sólo mediante leyes concretas? No, hay dos clases de analogías:

-La analogía legis, que consiste en aplicar una determinada ley a un supuesto de hecho distinto.

-La analogía iuris, que consiste en aplicar no una ley concreta, sino un principio que inspira un conjunto de leyes.

¿Existe algún otro límite para su aplicación? Sí. En primer lugar, no pueden
aplicarse analógicamente las disposiciones sancionadoras, es decir, aquellas que incluyen una sanción negativa. Tampoco pueden aplicarse analógicamente las normas excepcionales, que son aquellas que se apartan de los principios generales de la ordenación jurídica de una materia.