Término

BENEFICIO DE EXCUSIÓN

Qué es

Facultad que permite al fiador, una vez producido el incumplimiento de la obligación, poder paralizar la pretensión de cobro y hacer que el acreedor la dirija antes frente al deudor.

Cuestiones

En el contrato de fianza ¿siempre se puede alegar el beneficio de excusión? No. Por ejemplo no se puede alegar cuando el deudor se encuentre en situación de concurso, cuando el fiador renuncie expresamente, o cuando se trate de una fianza solidaria (que es la que permite al acreedor proceder indistintamente contra el fiador o el deudor).