Término

LA CAUSA

Qué es

La causa, es uno de los tres elementos esenciales del contrato, sin el cual no existiría dicho contrato conforme al art.1261 CC. Respecto a esta se puede hablar en dos sentidos el objetivo, siendo la causa la función económico-social del contrato, es decir, nos referimos a que ha de ser verdadera y existir. Por otro lado el subjetivo, siendo la causa el motivo práctico por el cual las partes celebran un determinado contrato y nos referimos cuando ha de ser esta lícita.

Cuestiones

¿A qué hace referencia la existencia de la causa? El art.1275 CC. Afirma que los contratos sin causa no producen efecto alguno. Dicha causa es inexistente, cuando el negocio es simulado absolutamente, por lo tanto el contrato será nulo y el vendedor, podrá alegar la simulación absoluta, es decir, la inexistencia de la causa para recuperar sus bienes.

¿Y respecto a la falsedad de la causa? La causa del contrato ha de ser existente y también verdadera, que corresponda con el negocio celebrado, según el art.1276 CC. Dispone que una causa falsa en los contratos dará lugar a la nulidad, si no se probase que estaban fundados en otra verdadera y lícita.
Dentro de esta nos encontramos con posible donación encubierta, la apariencia de una compraventa con precio ficticio, por el cual alguien desea donar un bien a una persona, su propiedad, evitando pagar el impuesto el donatario por dicha donación, Simulando una compraventa con causa falsa. Conforme al artículo anteriormente mencionado, no admite dicho supuesto ya que la donación debe aparecer en escritura pública.

¿Y conforme a la ilicitud de la causa? La causa ha de ser lícita art. 1275 CC. La causa es ilícita cuando se opone a las leyes o la moral. Siendo nulo si esta fuera ilícita.