Término

CONSENTIMIENTO INFORMADO

Qué es

Se trata del derecho de todo paciente o usuario a poder prestar su conformidad libre, voluntaria y consciente, manifestada en el pleno uso de sus facultades, después de recibir la información adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud.

Cuestiones

¿Quién tiene este derecho? Todo paciente o usuario que requiera de la atención de un centro sanitario, ya sea público o privado.

¿Quién está obligado a informar y recabar el consentimiento? Todo profesional que interviene en la actividad asistencial.

¿Qué límites tiene este derecho? La propia Ley 41/2002 recoge ciertos supuestos de urgencia en los que no es necesaria la información ni el consentimiento y otros en los que se informa y se consiente por un tercero debido a la falta de capacidad del paciente.

¿Cómo se suele llevar a cabo en la práctica? Por medio de formularios, que son documentos genéricos redactados a priori que deben adaptarse a las particulares circunstancias del paciente.

¿Qué contenido debe tener la información? Como mínimo comprenderá la finalidad y la naturaleza de cada intervención, sus riesgos y sus consecuencias. Además el paciente puede decidir no ser informado.