Término

DENUNCIA

Qué es

Constituye un acto por el cual una persona física pone en conocimiento de la Policía Judicial, el Ministerio Fiscal o la Autoridad Judicial, la existencia de unos hechos con el fin de que sean objeto de persecución penal.

Cuestiones

¿Se tiene la obligación de denunciar? Si, salvo excepciones, toda persona que presencia la comisión de un delito público está obligada a su denuncia, bajo el riesgo de sufrir, si no lo hace, las sanciones establecidas. Esta obligación se ve reforzada para los casos de quienes tienen conocimiento del delito por razón de su cargo, profesión u oficio, salvo los que tienen el deber de guardar secreto profesional.

¿Hay personas que no están obligadas a denunciar? No están obligadas aquellas personas que conocen del delito de forma indirecta, ni los impúberes e incapaces, ni los que mantengan relaciones familiares, pero estos si lo desean podrán denunciar.

¿Requiere de algún tipo de formalidad? No se exige especial formalidad, la misma puede ser tanto oral, como escrita. El único requisito que se exige es la identificación correcta del denunciante, y la transmisión de la comisión de un hecho delictivo. No pueden aceptarse, las denuncias anónimas.