Término

EXCEDENCIA VOLUNTARIA

Qué es

Derecho del trabajador que, por voluntad propia y sin necesidad de alegar causa alguna, suspende la relación laboral por un tiempo comprendido entre 4 meses y 5 años. No supone un derecho de reserva de puesto de trabajo pero sí un “derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjeran en la empresa”.

Cuestiones

¿Qué requisitos debe cumplir un trabajador para solicitar una excedencia voluntaria? Debe contar con al menos 1 año de antigüedad en la empresa y, en caso de haber disfrutado anteriormente de otra excedencia, es necesario que exista un periodo de 4 años entre el fin de una y el comienzo de la siguiente.

¿Cómo se solicita? Habrá que atenerse a lo que contenga el correspondiente Convenio Colectivo. Pero, es recomendable comunicar la decisión por escrito al empresario.

¿Puede un empresario denegar una excedencia voluntaria? No. La ley indica que está obligado a reconocer el derecho de excedencia si se cumplen las condiciones para ello. En caso de negativa o silencio del empresario, el trabajador deberá reclamar por vía judicial, no pudiendo tomarse la excedencia “por su cuenta”.