Término

RESOLUCIÓN

Qué es

Es una causa de ineficacia del contrato. La definición de RESOLUCIÓN que nos da la RAE es acción o efecto de resolver o resolverse, pero esta definición no aclara demasiado. En el Código Civil se recogen una serie de causas en los que el contrato no produce efectos: nulidad, anulabilidad, rescisión, revocación, desistimiento, resolución.
Aunque nos puedan parecer términos sinónimos, cada uno tiene su significado. Un contrato quedará sin efecto cuando:

A) Se cumple la condición resolutoria que se había incluido en el contrato (por ejemplo, un amigo nos presta un local hasta que cumplamos 25 años): la llegada de la condición resolutoria da lugar a la resolución del contrato.

B) Los contratos obligan a lo expresamente pactado, por lo que el incumplimiento de la obligación por una de las partes (ej. comprador), podrá hacer que la otra parte (vendedor) opte por el exigir el cumplimiento o por la resolución del contrato, con el resarcimiento de daños y el abono de intereses en ambos casos. Por ejemplo, en una compraventa a plazos, si dejo de abonar las mensualidades, el vendedor podrá optar por obligarme al pago o resolver el contrato.

C) En casos de incumplimiento de contrato por imposibilidad sobrevenida, también se habla de resolución

Cuestiones

¿Es lo mismo la resolución que la rescisión? No, la rescisión tiene lugar cuando un contrato válido causa un perjuicio económico grave a una de las partes, se celebra en fraude de acreedores o recae sobre un bien litigioso del cual se discute su titularidad.